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viernes, 22 de noviembre de 2024

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AIJUDEFA y las novedades en derecho de familia en 2023

Las necesidades de los adultos mayores, la gestación subrogada y la creación de códigos de familia especializados fueron algunos de los temas que la organización puso en discusión durante su evento internacional.

- 23 junio, 2023

La Asociación Internacional de Juristas de Derecho de Familia (AIJUDEFA) llevó a cabo su IV Congreso Internacional en Cancún, desde el 12 al 15 de junio de 2023. El evento se desarrolló como un espacio para el intercambio de conocimientos y experiencias en el ámbito del Derecho de Familia y Sucesiones, donde se pudo entrever los temas de mayor importancia a nivel global en la materia.

AIJUDEFAAna Cristina Fernández

Un asunto tratado en la instancia fue la situación de los adultos mayores a nivel global. Ana Cristina Fernández, jueza de familia en Costa Rica y parte del directorio de AIJUDEFA, se encargó de enfocar las múltiples áreas de vulnerabilidad presentes en la población desde 65 años, que va más allá de su fragilidad fisiológica, las cuales son: la pobreza, el tipo de vivienda en que residen, dificultades a nivel educativo, necesidades farmacológicas que les afecta económicamente, problemas psicológicos producto de la soledad y otros factores, temas culturales y espirituales.

La jueza apunta a que estas vulneraciones hace que exista una gran cantidad de adultos mayores que requieren asistencia de los sistemas de justicia. “Estudios de mi país revelan que las personas mayores acuden en mayor medida a los tribunales de justicia en busca de protección por ser víctimas de violencia física, psicológica, patrimonial, delitos de estafa, sexuales y por temas de pensión alimentaria”, aclara.

A nivel legislativo, Fernández comenta que en Costa Rica desde 1990 cuentan con la Ley Integral N°7935 para la Persona Adulta Mayor, la cual busca garantizar igualdad de oportunidades, vida digna y participación activa en la formulación y aplicación de las políticas que les afecten. “Pero una de las que más nos interesa es promover su permanencia en el núcleo familiar comunitario, obviamente con la ley no se logra todo, pero por lo menos es a partir del marco legal que se ha desarrollado vía jurisprudencia una mayor protección”, añade.

AIJUDEFAFelipe Riffo | idealisLex

Marina Cardoso, abogada de derecho de familia en Brasil y parte de la Comisión de Ética de AIJUDEFA, habló en el evento de la situación en su país, donde los adultos mayores de 70 años están obligados a realizar separación de bienes si es que se llegan a casar. «La principal consecuencia de aquello es que el viudo o viuda no termina siendo heredero del patrimonio, por lo que será analizada la constitucionalidad de esta imposición legal por el Supremo Tribunal Federal»

Cardoso opina que tal perjuicio requiere una solución y herramientas que se apliquen caso a caso para realizar planeamientos familiares específicos. “Si es una relación corta puede ser injusto que el viudo o viuda obtenga la herencia, pero si es un matrimonio largo, ahí puede existir un perjuicio”, añade.

“Estamos experimentando un proceso de envejecimiento progresivo, pues se vislumbra a futuro como una situación todavía más grave”, expresa Ana Cristina Fernández sobre la importancia de resolver tales materias.

La urgencia de la gestación subrogada

Otro tema bastante comentado en el derecho de familia es el que concierne a vientres y madres subrogadas. Ana Cristina Fernández explica que en Costa Rica, la fecundación in vitro es permitida únicamente para matrimonios. «A partir del 26 de mayo del 2020 en Costa Rica ya tenemos el matrimonio igualitario, de manera qué si una pareja de personas del mismo sexo quiere acceder a la fecundación in vitro en Costa Rica puedan hacerlo. Esto no ha ocurrido, pero es posible que estas personas acudan a otro país logren el embarazo y posteriormente regresen a Costa Rica y quisieran el reconocimiento o la inscripción de esta persona con los nombres o apellidos de ambos progenitores, en el entendido que uno de ellos no lo es biológicamente”, añade.

Joaquín Bayo

Joaquín Bayo, miembro del directorio de AIJUDEFA y exmagistrado de la Audiencia de Barcelona en temas de familia, comenta que la situación en Europa es que en países como Francia, Italia y España prohíben esa práctica. “Entonces se plantea el problema del reconocimiento de la afiliación en esos casos cuando los padres de intención o las madres de intención vuelven al país europeo y quieren inscribir a esos bebés como hijos propios, de hecho hay un proyecto en el contexto del Convenio de La Haya y también a nivel estrictamente de la Unión Europea para regular esa maternidad subrogada”, comenta.

María Valentín, abogada de derecho de familia en la firma francesa Libra Avocats, expuso durante el congreso respecto al tema, específicamente su presentación se centró en la dificultad a la que se enfrentan las parejas cuando no tienen una sentencia de parentalidad dictada en el país donde hacen la gestación por subrogación.

AIJUDEFAMaría Valentín

“Expuse el caso de un hombre que había hecho una gestación por subrogación en India y que para permitir que su pareja adoptase a los bebes, solicito en Francia que se le retirase la patria potestad a la mujer gestante. En una sentencia del 21 de septiembre de 2022, la Corte de casación rechazo retirar la patria potestad a la mujer gestante, pero considero que la pareja del comitente podría adoptar a los bebés si la mujer gestante consiente a dicha adopción”, explica Valentín.

Diana Carrillo, miembro del directorio de AIJUDEFA y abogada española especialista en derecho de familia y derecho internacional privado, hablo también sobre el tema de la gestación en el contexto de la reciente sentencia del Tribunal Supremo español sobre la filiación de los hijos del cantante Miguel Bosé y su expareja Nacho Palau, ya que este último buscó que se le reconociese como padre de los hijos de Bosé y al cantante como padre de los hijos de Palau.

“La acción de filiación fue desestimada en las dos instancias y en el Tribunal Supremo, pues, aun cuando fue reconocido como hecho probado la intención de formar una única familia, lo cierto es que cada uno de los miembros de la pareja firmó un contrato de gestación subrogada independiente, inscribiendo a cada uno a sus dos hijos con sus apellidos, y así constan tanto en el certificado de California como en el Registro Civil español. Tampoco adoptaron a los hijos de su pareja, pudiendo hacerlo tanto como matrimonio, que no contrajeron, como pareja de hecho”, detalla Carrillo.

Para la abogada española el caso sirve de muestra de como en España la gestación subrogada es un contrato nulo, de acuerdo al artículo 10 de la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida, pero que, ante los hechos consumados y la necesidad de proteger el interés de los niños, se ha venido aceptando que si la filiación viene determinada por una sentencia extranjera, esta se reconoce vía exequatur. “El niño se inscribe en el registro civil en tal caso, mientras que si viene de un país que solo entrega un certificado de nacimiento, no se inscribe y el solicitante tiene la posibilidad de adoptar al niño. De todos modos, cada caso debe analizarse individualmente, cada uno tiene una respuesta jurídica distinta y, por tanto, existe una gran inseguridad”, añade.

Novedades legislativas

Joaquín Bayo destaca como novedad en materia de derecho de familia la entrada en vigor del reglamento Bruselas II ter en la Unión Europea, el cual remplaza al llamado Bruselas II bis, el cual regula la competencia para declarar el divorcio, la separación o la nulidad y también la competencia para los temas de responsabilidad parental. “También el reconocimiento de las sentencias en materia de responsabilidad parental en todos los países de la Unión Europea, sin necesidad de ningún procedimiento, es decir que esas resoluciones se consideran en la práctica como si fueran resoluciones del país donde se quieren ejecutar, es un paso más en la unificación en estas materias de la Unión Europea”, añade.

Diana Carrillo, por su parte, considera novedoso la modificación al Código Civil español en el que las mascotas dejan de considerarse cosas muebles para ser reconocidas como seres vivos dotados de sensibilidad. “En el caso de ruptura de la pareja han pasado a considerarse miembros de la familia y hay que establecer un régimen jurídico que regule la relación tras la ruptura, de manera que en el convenio regulador se incluye la custodia de las mascotas, y si existen hijos menores se tiene en cuenta el vínculo afectivo que tienen los niños con sus mascotas”, explica la abogada sobre los efectos de la reforma en materia de divorcio.

La unión de la tecnología con el derecho de familia fue también parte de las novedades jurídicas en el área. Daniela Hortvitz, expresidenta de AIJUDEFA y socia de Hortvitz y Compañia, destacó durante su ponencia en el evento una condena en Estados Unidos a Google debido a que Youtube extrayendo datos de los niños, niñas y adolescentes que hacían utilización de la plataforma y como a través de la misma vendían esos datos para motivos comerciales. “Es necesario actualizar nuestra legislación y además de crear medidas políticas y culturales para educar en materias de tecnología a tanto a niños, niños adolescentes, pero particularmente a sus cuidadores para que puedan tomar conocimientos de este tipo de cosas”.

Daniela Hortvitz

La abogada considera que en Chile existe un atraso en la discusión sobre la ley de protección de datos en temas de niños y adolescentes. “Está absolutamente atrasada y entonces recae el peso en los jueces resolver uno a uno estos casos, lo que tampoco permite tener lineamientos claros”, opina.

Otra punto que rescata Hortvitz es la Ley 21430 de garantías y de protección integral de derechos de la niñez y adolescencia de Chile, que consagra a nivel interno las reglas que ya se aplicaban en el país por la aplicación de la Convención de los Derechos del Niño, “pero que se explaya y hace suya esta convención, descartando cualquier duda que pudiera existir respecto de ver al niño como un sujeto de derechos y no como un objeto de protección”.

Tribunales especializados

Daniela Hortvitz apunta a que hay una necesidad de que en Latinoamérica se amplíe el derecho de familia como una especialidad y la creación de códigos de familia específicos que recopilasen todas las normas, sustanciales y procesales, en materia de familia que dieran más claridad a los abogados de los países.

En Costa Rica, por ejemplo, ya existe un Código de Familia que existe desde 1974, que se encuentra separado de los códigos civiles del país, además de que ya hay una ley a la espera de entrar en vigencia, que crea un código procesal de familia. “Los juzgados en Costa Rica son especializados porque las personas juzgadoras tienen que especializarse y aprobar exámenes para poder optar por estas plazas y en general el que entra a un juzgado de familia hace carrera judicial en esa materia, de manera que lo que se ha ido logrando a través de los años, desde 1990, es una alta especialidad en cuanto a juzgados en la materia”, explica Ana Cristina Fernández.

“Un diagnóstico claro de los juristas que participaron en el congreso de AIJUDEFA es que se necesitan operadores especialistas, tanto abogados como jueces de primera, segunda instancia y de casación en materia de familia. Además, se necesita una justicia menos tardía, ya que en materia de infancia es particularmente relevante una justicia que temporalmente sea oportuna, puesto que la vulneración que se mantiene por un determinado espacio de tiempo respecto a niñas, niñas y adolescentes hace que los efectos sean prácticamente irreversibles y por eso la prontitud y la celeridad de los juicios es necesaria”, concluye Hortvits.

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