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viernes, 26 de abril de 2024

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Indicación médica para abogados: ¡No le tengan miedo a la regulación!

“Las externalidades negativas que fluyen del mercado de servicios jurídicos son conocidas, pero el aseguramiento de la calidad, la responsabilidad e información, y para que decir mitigación de los daños derivados del ejercicio profesional, parecen no ser un tema”.

Sebastián Rivas Pérez - 2 febrero, 2017

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Sebastián Rivas Pérez

Como dicen por ahí, las comparaciones suelen ser odiosas, pero también a veces aportan alguna conclusión provechosa. Médicos y abogados, hace tiempo que han enfrentado problemas comunes: examen único habilitante, certificación de especialidades, responsabilidad profesional, por decir algunas.

Sin embargo, en el caso de Chile, sólo los primeros han avanzado empleando estrategias claras para hacer frente a sus problemáticas. Han adoptado iniciativas específicas, como el establecimiento de un examen único nacional, la creación de una corporación nacional autónoma que certifica especialidades e inclusive el Colegio Médico tiene una fundación de asistencia legal para sus miembros.

Pero no es así en la profesión jurídica y cada vez que se discuten temas como éstos, sólo afloran aprensiones con la regulación.

Los ejemplos anteriores son expresiones de una visión estratégica y sistémica que hace algunos años viene marcando el derrotero de la profesión médica y, de paso, muestran cómo se pueden abordar puntuales externalidades del ejercicio profesional, junto al potenciamiento en el desarrollo orgánico y estructural de la profesión.

De este modo, iniciativas como las apuntadas no son sino una lección de acción para profesiones como la jurídica, a ratos impávida ante los problemas profesionales, que se ha abandonado a la regencia de un porfiado laissez faire, laissez passer, que campea en nuestro sector.

Esta diferencia se manifiesta en el reto de sincerar la necesidad de establecer una calidad mínima admisible en los servicios legales y también en la catalogación o certificación de sus especialidades.

En este punto, los médicos fueron un paso más allá del mero “dejar pasar y hacer” y a través del establecimiento del Examen Único Nacional de Conocimientos Médicos (Eunacom) y de la creación de la Corporación Nacional de Certificación de Especialidades Médicas (Conace) implementaron estrategias —sobra decir, por medio de alianzas e iniciativas público privadas— que devinieron en una importante consagración normativa (la ley 20.261).

Con la dictación de dicha ley y antes de ello, con el esfuerzo mancomunado del sector —donde ciertamente hubo y hay centenares de diferencias—, constantemente se ha contribuido al mejoramiento de las condiciones profesionales de los médicos a partir de incentivos fácilmente identificables por éstos, como son, la revalidación automática del título médico obtenido en el exterior; el acceso competitivo a perfeccionamientos por especialidad y su certificación; o derechamente la acotación del acceso a plazas laborales dentro del sistema público de salud, entre otros.

Todos los incentivos descritos, en ningún caso se limitan a fomentar el bienestar de los clientes internos del sector médico, sino que también extrapolan sus bondades a la comunidad general: el examen único nacional no sólo grava a los médicos con una carga adicional a su formación, sino que se erige como una alternativa de resguardo –o al menos esa es la intención— en términos de calidad de servicio, que favorece a los usuarios más vulnerables y a los recursos del sistema general de salud.

Así las cosas, la decisión de un examen habilitante establecido por ley es sumamente relevante, pues tiene la virtud de impactar positivamente en el cuidado a la calidad del servicio en un segmento donde la distancia de información entre el prestador y el usuario se acrecienta y el acceso a atención con el prestador público se hace prácticamente insustituible para el beneficiario.

El fin de la comparación no es otro que hacer un contrapunto a una táctica o manera de proceder frente a la regulación.

Las externalidades negativas que fluyen del mercado de servicios jurídicos son conocidas, pero el aseguramiento de la calidad, la responsabilidad e información, y para que decir mitigación de los daños derivados del ejercicio profesional, parecen no ser un tema.

A ver si comparándonos causamos algo del famoso efecto imitativo o demostrativo de la economía. Si los médicos pudieron abordar estos temas comunes ¿por qué nosotros no?

 

* Sebastián Rivas Pérez es abogado de la Secretaría de Reclamos del Colegio de Abogados de Chile A.G. y profesor de ética y responsabilidad profesional de la Universidad Gabriela Mistral.

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