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jueves, 25 de abril de 2024

internacional

Cuál es el mapa mundial de las sanciones a personas LGBTI

En los últimos años organizaciones internacionales han incentivado que países alrededor del mundo implementen medidas que prohiban la discriminación dirigida a personas LGBTI en sus legislaciones. Sin embargo, muchos Estados se niegan a formar parte de estos cambios.

- 26 octubre, 2018

Fernanda Robles

La creciente convicción de que los derechos humanos abarcan a todas las personas –independiente de su orientación sexual, identidad o expresión de género– se ha traducido en que organismos internacionales como la Organización de Naciones Unidas están buscando materializar políticas globales para combatir la discriminación en esferas de atención de la salud, empleos, educación o prestación de servicios, entre muchos otras.

Si bien la recomendación de crear políticas integrales contra la segregación de personas LGBTI (Lesbianas, Gays, Bisexuals, Trans e Intersexuales) ha sido acogida por naciones de distintas partes del mundo —que han decidido modificar y fortalecer sus legislaciones, así como los mecanismos de protección de derechos humanos—, existen países que las rechazan tajantemente.

Los Estados miembros de la ONU que se niegan a eliminar cualquier tipo de disposición discriminatoria se ubican en su mayoría en Medio Oriente, África y Asia.

Con el fin de hacer un catastro de los avances implementados a nivel global, en 2017 la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersexuales –parte del Programa de Naciones Unidas–, publicó una análisis sobre leyes de orientación sexual que profundiza temas como penalización, protección y reconocimiento a nivel global.

A partir de la revisión de distintas normas vigentes a nivel global, el informe muestra las restrictivas medidas y sanciones que países de distintas regiones aplican a personas LGTBI. A continuación te mostramos parte de la información examinada en el documento.

Penalización de la orientación sexual

Actualmente existen 71 Estados, 37% dentro de la ONU, que sancionan y prohiben mediante su códigos penales o legislación las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo. Las observaciones además indican que si bien 45 de estas naciones aplican la ley a ambos sexos, 25 castigan sólo a mujeres.

Según la información proporcionada por el informe, los países cuyo Código Penal excluye a los hombres de las sanciones por conductas homosexuales —calificadas como “no naturales o sodomía”— son:

La distribución de los países cuya legislación penaliza la actividad sexual entre personas del mismo sexo es la siguiente: 32 países se ubican en África, 10 en América, 23 en Asia y 6 en Oceanía.

Los resultados muestran que si bien a escala global, la homosexualidad a nivel constitucional ha dejado de ser un tema prohibido en muchos países, todavía hay un largo camino por recorrer en términos de aceptación e igualdad para las personas LGBTI.

Según Associated Press, “los estudiosos islámicos enseñan de manera abrumadora que el sexo entre personas del mismo género es un pecado”. Los Estados que castigan con pena capital este tipo de conductas sexuales pueden clasifican en 4 tipos, dependiendo de la jerarquía de sus normas: disposiciones aplicadas a nivel país, provincial, por agentes no estatales y aquellas codificadas en la ley, pero no implementadas por comportamiento homosexual específicamente.
 

LGBTIA world survey of sexual orientation laws: Criminalisation, protection and recognition
 

Prohibición constitucional de la discriminación

Uno de los objetivos que ha perseguido la ONU en los últimos 2 años es el establecimiento de políticas integrales que prohíban la discriminación por orientación de género a nivel global.

Sin embargo, el documento presentado en 2017 por la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuals, Trans e Internsexuales, señala que solo el 5% de los Estados miembros de la ONU, han escrito en sus constituciones que no se permite este tipo de segregación.

Un documento elaborado en 2016 por World Policy Analysis Centre’s, que analiza 193 ordenamientos jurídicos y evalúa las formas en que las protegen los derechos basados en la orientación sexual y la identidad de género, señala que sólo 8 países mencionan explícitamente la igualdad o no discriminación por orientación de género en su Constitución: México, Ecuador, Bolivia, Suecia, Reino Unido, Portugal, Sudáfrica y Nueva Zelanda.

Adicionalmente, el informe plantea que si bien han aumentado las disposiciones legales alrededor del mundo que garantizan los derechos de personas LGBTI, estas siguen siendo poco frecuentes.

Discriminación en empleos

Otra de las informaciones que rescata el documento presentado por ILGAL, señala que el 37% –71 países– de los Estados de la ONU prohíben, a través de diferentes mecanismos, la discriminación basada en la orientación sexual en el contexto laboral.

Lee aquí el informe: “A world survey of sexual orientation laws: Criminalisation, protection and recognition”

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