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viernes, 22 de noviembre de 2024

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Jesús Espinoza: «El derecho de defensa está ampliamente garantizado»

En entrevista con Idealex.Press, el secretario técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi (Perú) responde sobre los cuestionamientos dirigidos a la entidad y comenta que una reforma legal requiere un profundo análisis.

- 9 mayo, 2019

Jesús EspinozaJesús Espinoza
Idealex.press

Jesús Espinoza es secretario técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual de Perú (Indecopi). Durante su carrera ha integrado una serie de instituciones como Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios del OSIPTEL y la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, entre otras.

Tras la publicación de los artículos «Cuestionamientos a la legitimidad del Indecopi en Perú» y «Nuevos enfoques en la discusión de la legitimidad del Indecopi«, quisimos conocer qué opina la autoridad. En entrevista por correo electrónico con Idealex.Press,Espinoza habla sobre la entidad, critica a aquellos que la ponen en duda y da espacio a la posibilidad de hacer modificaciones.

— Se ha suscitado el cuestionamiento de que la Comisión perdería imparcialidad al ser la Secretaría el órgano que investiga, acusa y, a la vez, prepara el proyecto de decisión que toma finalmente la Comisión. A partir de aquello, ¿dónde queda la separación de funciones y cuáles son las garantías de que exista una defensa eficaz para los acusados?

«Se trata de alegaciones formuladas principalmente por abogados de empresas que han sido sancionadas por su participación en graves conductas anticompetitivas. Estas alegaciones no han sido aceptadas por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia y actualmente son parte de los argumentos de las apelaciones que están en trámite ante el Tribunal del Indecopi, segunda instancia administrativa en el Indecopi».

En cuanto a la separación de funciones, Espinoza explica que dentro del Indecopi existen áreas que son independientes entre sí. Una de ellas es la Secretaría Técnica, «que es la autoridad acusadora y no depende funcionalmente de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, que es la autoridad que resuelve los procedimientos sancionadores».

Esta Comisión, prosigue, está integrada por 4 profesionales independientes, que no dependen de la Secretaría Técnica.

Por su parte, la Secretaría Técnica —el órgano acusador— está a cargo de Secretario Técnico, que no forma parte de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia.

“En otros países como España, México o Colombia es posible encontrar que la autoridad investigadora y la que decide estén en una misma institución, en áreas independientes”, dice.

— En conversaciones sostenidas con abogados de la defensa se nos dijo que durante las audiencias con la Comisión, el órgano acusador no estaba presente. ¿Por qué ocurre esto? ¿afecta a la transparencia del proceso?

«La transparencia del procedimiento administrativo sancionador en libre competencia está garantizada por el Decreto Legislativo 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. Dicha norma precisa las etapas y la forma como la Comisión de Defensa de la Libre Competencia realiza su pronunciamiento.

La Comisión puede convocar a audiencias de informe oral luego que la Secretaría Técnica pone en conocimiento el Informe Técnico que elaboró y las alegaciones presentadas por las partes, por lo que el derecho de defensa está ampliamente garantizado.

La Comisión se pronuncia considerando lo señalado en el Informe Técnico, y los argumentos alegados por las partes, tanto en sus escritos como en el informe oral. En ese sentido, la norma garantiza que la Comisión evalúe los argumentos de las partes y lo señalado en el Informe Técnico para adoptar su decisión o resolución.

Finalmente, la decisión de la Comisión puede ser apelada al Tribunal del Indecopi, una autoridad independiente de la Comisión».

— Se ha planteado que la comisión y la secretaría deberían trabajar desde organismos públicos distintos. ¿Es factible que esto suceda? ¿qué se requiere para ello?

«Para dicho planteamiento es necesario una reforma legal, que requiere de un profundo debate y análisis sobre sus ventajas e inconvenientes».

 
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